INTENDENTE MANOLI ENTREGA DETALLES PARA LAS PRÓXIMAS ELECCIONES DE ABRIL

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Lunes 22 de marzo de 2021. El Servel publicó la nómina inicial de los vocales de mesa que deberán cumplir con este rol en las elecciones municipales que se realizarán el 10 y 11 de abril. Este anuncio se informa junto con el período de excusas para aquellas personas que no puedan asistir a los locales de votación a ejercer el rol de vocales de mesa.

La instancia para excusarse por no poder cumplir con el rol de vocal de mesa comenzó este lunes 22 de marzo, y se extenderá hasta el miércoles 24 del mismo mes.

“Las excusas deben presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700. Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, esta es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 UTM”, sostuvo el Intendente Víctor Manoli.

Según indica el artículo 49 de la Ley 18.700, las causales para presentar una excusa y así eximirse del rol de vocal de mesa son:

  • Tener 60 o más años de edad, lo que está sujeto a confirmación en instrucciones que se publicarán el 22 de marzo.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Finalmente quienes hayan sido designados para este rol serán parte de un proceso de vacunación específica para vocales de mesa: “Tienen que acercarse a los vacunatorios con el certificado de que fueron elegidos. Un número importante ya debe estar vacunado” puntualizó el Intendente Manoli.

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