«Nuevos Empleados Públicos»
Por Alberto Cifuentes Avello
Profesor
En octubre próximo tendremos la elección en todas las comunas de Chile de nuevos empleados públicos y que bajo el identificario de Alcaldes y Concejales tendrán que administrar todo lo que significa el desarrollo de la política comunal.
Estos nuevos integrantes del sistema público laboral, elegidos por el pueblo y principal causante de que se tenga a nuevos funcionarios administrando a la comunidad, tendrán como principal función las siguientes:
- Plan comunal de desarrollo.
- Presupuesto municipal.
- Plan comunal de seguridad pública.
- Políticas en cuanto a la unidad de servicios de salud y educación.
- Políticas y normas generales acerca de las licitaciones, concesiones, adquisiciones y permisos.
- Política de recursos humanos; en donde debe indicar los mecanismos de reclutamiento y selección, promoción, capacitación y finalmente egreso.
Como se podrá observar, no es cualquier labor municipal y necesita de quienes las administren tener conocimientos profesionales para ejercer con propiedad sus funciones, sean de Alcalde o de Concejales.
Esto amerita que quienes estén interesados en conseguir ser electos deban tener un currículum adecuado (en ningún caso un prontuario) y esto se indica en la ley:
- Ser ciudadano chileno con derecho a ejercer el voto.
- Haber cursado y aprobado la enseñanza media.
- Ser residente en la región en la que pertenece la comuna o agrupación de comunas correspondientes; esto por lo menos durante los últimos dos (2) años previos a la elección del cargo.
- Contar con la situación militar al día.
- No encontrarse afecto a ninguna de las inhabilidades que la ley establece.
- No ser dependiente de sustancias o drogas estupefacientes o sustancias psicotrópicas ilegales; a menos que el candidato justifique dicho consumo como un tratamiento médico.
Así y entendiendo que los electores, en su capacidad de elegir, estimo deben estar plenamente conscientes de que su voto contiene elegir a su representante acorde a:
- Que no es para veneficio personal (para el elector), sino para un bien comunal.
- Que en su voto prima el programa presentado por el candidato elegido en favor del desarrollo comunal, ya indicado en los puntos más arriba expuestos.
- Que estará muy claro que quienes sean elegidos gobernaran para el pueblo con el pueblo y no sin el pueblo.
Este último punto hace ver que, como elector, también participara ya en una junta vecinal o agrupación cívico social, etarea, deportiva, artística, etc. Y que en función de esa participación podrá hacer llegar vía dirigencia de la entidad, en que participa, las diversas inquietudes que estima deben resolverse a nivel sectorial o comunal. De esa manera ocurrirá un gobierno local para el pueblo y con el pueblo.
Es nocivo y como se dice ahora “tóxico”, pretender solicitar a la administración municipal algo, sin ser miembro de alguna entidad social deportiva cultural comunal.
Dado todo lo anterior, será un honor en octubre acudir a las urnas a elegir a quienes tendrán la especial labor municipal de administrar a la comuna por decisión de la misma comunidad y con el claro objetivo de hacerla más grande,